La factura notarial suele desglosar la escritura del préstamo y, a veces, la de compraventa. Solo se revisa lo ligado al préstamo. El porcentaje reclamable depende de la fecha y de la doctrina aplicable.
Qué se revisa
- Si la factura corresponde al préstamo, a la compraventa o a ambas.
- Quién pagó y en qué fecha se firmó.
- Si el contrato imponía el pago al cliente de forma poco clara.
Documentos
- Factura de la notaría o copia simple con aranceles.
- Escritura de préstamo.
- Justificante de pago o cargo en cuenta.
Si no tienes la factura, gastos sin facturas.
Qué no prometemos
No publicamos un “se reclama el 50 % o el 100 % en todos los casos”. Esa distribución ha variado con la doctrina y con la fecha. El profesional aplica el criterio al contrato, no un eslogan.
Relación con el resto de partidas
Notaría no es registro, ni gestoría, ni tasación, ni AJD. El índice está en gastos de hipoteca.
Preguntas frecuentes
¿Se reclama el 100 % de la notaría?
No necesariamente. Esta web no publica un porcentaje universal.
¿La notaría de la compraventa también?
Suele analizarse aparte. No se da por sentado.
Fuentes
- Portal del Cliente Bancario · Banco de España
- Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario · BOE
- CENDOJ — buscador de jurisprudencia · Poder Judicial
Autor: Equipo ReclamaMiBanco. Revisión jurídica: Equipo ReclamaMiBanco. Actualizado: 21/09/2026